Hazte socio ›› Derechos y Deberes

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Los socios ostentan los siguientes derechos:

››  A participar en las actividades de la Sociedad y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto, y a asistir a la Asamblea General de acuerdo con los Estatutos.

››  A expresar libremente sus opiniones en el seno de la Sociedad sin más limitaciones que las establecidas en las leyes.

››  A ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la Sociedad, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.

››  A ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser siempre motivados los acuerdos que impongan una sanción.

››  A impugnar los acuerdos de los, órganos de la Sociedad que estime contrarios a las Leyes o a los Estatutos.

››  A disfrutar de las instalaciones sociales y de los elementos de uso común , bajo su responsabilidad y según lo establecido en los reglamentos.

››  A separarse libremente de la Sociedad, manifestándolo por escrito. Subir

Son deberes de los asociados:

››  Compartir las finalidades de la Sociedad y colaborar para la consecución de las mismas.

››  Contribuir con su conducta deportiva al buen nombre de Montañeros de Aragón y ayudar mediante sus actividades y logros deportivos a mantener e incrementar el prestigio de esta Sociedad.

››  Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones aprobadas por la Asamblea General.

››  Cumplir las obligaciones que resulten de lo dispuesto en los Estatutos o en los Reglamentos aprobados por la Asamblea General o la Junta Directiva.

››  Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación de la Sociedad. Subir

La condición de socio se pierde:

››  Por separación voluntaria comunicada por escrito, cuando se esté al corriente de las aportaciones sociales y no existan motivos para la sanción de baja o expulsión. La separación voluntaria no dará derecho a la devolución de las aportaciones realizadas aunque se produzca antes de la finalización del periodo al que correspondan aquellas.

››  Por falta de pago de las aportaciones sociales cuando no hubiera lugar a la suspensión, previo requerimiento de pago por la Junta Directiva.

››  Por sanción de baja o expulsión acordada por la Junta Directiva. Subir